Condiciones Generales

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entenderá por:

Plazo de reflexión: El período dentro del cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento.

Consumidor: La persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.

Día: Día natural.

Transacción de larga duración: Un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o recepción está repartida en el tiempo.

Soporte duradero: Cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de manera que sea posible su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.

Derecho de desistimiento: La posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión.

Empresario: La persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores.

Contrato a distancia: Contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que hasta la celebración del contrato únicamente se utiliza una o más técnicas de comunicación a distancia.

Técnica de comunicación a distancia: Medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario estén simultáneamente presentes en el mismo lugar.

Condiciones Generales: Las presentes Condiciones Generales del empresario.


Artículo 2 – Derecho de desistimiento

El consumidor tiene derecho a desistir del contrato sin indicar razones dentro de un plazo de reflexión de 30 días. Durante dicho plazo el consumidor cuidará el producto y su embalaje con diligencia.

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios entregados y, en la medida de lo razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables del empresario.


Artículo 3 – Ámbito de aplicación

Estas condiciones generales se aplican a cualquier oferta del empresario y a cualquier contrato a distancia celebrado y pedidos entre empresario y consumidor.

Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales estará a disposición del consumidor. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden ser consultadas en el establecimiento del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán sin coste lo antes posible.

Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, y con carácter distinto a lo indicado en el párrafo anterior, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que el consumidor pueda almacenarlo en un soporte duradero de manera sencilla. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde se puede consultar electrónicamente el texto de las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente por vía electrónica o por otro medio.

En el caso de que, además de estas condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas de productos o servicios, los párrafos segundo y tercero se aplicarán en consecuencia, y en caso de contradicción el consumidor podrá invocar la disposición que le sea más favorable.

Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales resultaran, en todo o en parte, nulas o anuladas, ello no afectará a la validez del resto del contrato y dichas disposiciones serán sustituidas, de mutuo acuerdo, por otras que se ajusten en lo posible al sentido de las originales.

Las situaciones no previstas en estas condiciones generales deberán interpretarse de conformidad con el espíritu de las mismas. Las dudas sobre la interpretación o contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse según el espíritu de estas condiciones generales.


Artículo 4 – La oferta

Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, ello se indicará expresamente en la oferta. La oferta es sin compromiso. El empresario se reserva el derecho de modificar la oferta y adaptarla.

La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción tendrá suficiente detalle para permitir al consumidor evaluar la oferta de manera adecuada.

Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos y/o servicios ofertados. Errores manifiestos u obvios en la oferta no vinculan al empresario.

Todas las imágenes y especificaciones en la oferta son indicativas y no pueden dar lugar por sí solas a indemnización ni a la resolución del contrato.

Las imágenes de los productos constituyen una representación fiel de los mismos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.

Cada oferta contendrá la información necesaria para que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones derivados de la aceptación de la oferta. Esto incluye, en particular:

  • Los posibles gastos de envío.

  • La forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello.

  • Si el derecho de desistimiento es o no aplicable.

  • La forma de pago, entrega y ejecución del contrato.

  • El plazo para la aceptación de la oferta o, en su defecto, el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio.

  • La cuantía de la tarifa por el uso de la técnica de comunicación a distancia cuando los costes de dicha técnica se calculen con una base diferente a la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado.

  • Si el contrato quedará archivado tras su celebración y, en tal caso, cómo puede el consumidor consultarlo.

  • La forma en que el consumidor puede verificar y, si procede, corregir los datos que ha facilitado antes de concluir el contrato.

  • Las demás lenguas, además del neerlandés, en las que el contrato puede celebrarse.

  • Los códigos de conducta aplicables al empresario y cómo puede el consumidor consultarlos por vía electrónica.

  • La duración mínima del contrato a distancia cuando se trate de una transacción de larga duración.

Opcional: disponibles tallas, colores, tipos de materiales.


Artículo 5 – El contrato

El contrato se celebra, salvo disposición en contrario establecida en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple con las condiciones establecidas.

Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no confirme la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá revocar el contrato.

Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para la seguridad de la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.

El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse sobre la solvencia del consumidor, así como de cualquier hecho o circunstancia que sea relevante para la celebración responsable del contrato a distancia. Si a raíz de dicha investigación el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, podrá rechazar una orden o solicitud motivadamente o condicionarla con requisitos especiales.

El empresario remitirá al consumidor, por escrito o de tal forma que pueda almacenarse de manera accesible en un soporte duradero, la siguiente información:

  • La dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar reclamaciones.

  • Las condiciones y el procedimiento para ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de que el derecho de desistimiento está excluido.

  • Información sobre las garantías y el servicio postventa.

  • Los datos mencionados en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya hubiera facilitado dichos datos al consumidor con anterioridad a la ejecución del contrato.

  • Los requisitos para la rescisión del contrato en caso de contratos de duración superior a un año o de duración indefinida.

En caso de transacción de larga duración, la disposición anterior se aplicará únicamente a la primera entrega. Todos los contratos se celebran con la condición suspensiva de la suficiente disponibilidad de los productos en cuestión.


Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En la compra de productos, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin indicar motivos dentro de un plazo de 30 días.

Este período de reflexión comienza el día siguiente al de la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado y notificado con anterioridad al empresario.

Durante el periodo de reflexión, el consumidor cuidará el producto y su embalaje. El consumidor solo podrá desembalar o utilizar los bienes en la medida necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los bienes.

Si hace uso del derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios entregados y, en la medida de lo razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, conforme a las instrucciones razonables y claras del empresario.

Cuando el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario dentro de los 30 días siguientes a la recepción del producto. La comunicación debe realizarse mediante un escrito o correo electrónico.

Tras manifestar su intención de ejercer el derecho de desistimiento, el cliente deberá devolver el producto en un plazo de 30 días. El consumidor deberá acreditar que los bienes han sido devueltos a tiempo, por ejemplo mediante un justificante de envío.

Si el consumidor no ha comunicado su intención de desistir dentro de los plazos señalados en los apartados 2 y 3 y/o no ha devuelto los productos, la compra será definitiva.


Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán a cargo del consumidor.

Si el consumidor ha abonado una cantidad, el empresario reembolsará dicha cantidad lo antes posible y, en todo caso, a más tardar en el plazo de 30 días desde la fecha de desistimiento. Esto está condicionado a que el producto haya sido ya recibido por el empresario o que se aporte prueba concluyente de la devolución completa.


Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento para ciertos productos, según se describe en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario la ha indicado claramente en la oferta o, cuando menos, con suficiente antelación antes de la celebración del contrato.

La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:

  • Que hayan sido confeccionados de acuerdo con las especificaciones del consumidor.

  • Que sean claramente personales por su naturaleza.

  • Que, debido a su naturaleza, no puedan ser devueltos.

  • Que puedan estropearse o caducar con rapidez.

  • Cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tiene control.

  • Periódicos y revistas sueltas.

  • Medios audiovisuales, grabaciones o software si el consumidor ha desprecintado el embalaje.

  • Productos higiénicos cuyo sello el consumidor haya roto.


Artículo 9 – El precio

Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no serán incrementados, salvo cambios en consecuencia de variaciones en el tipo de IVA.

A diferencia del párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios con precios variables cuando dichos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia. Esta vinculación a fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados puedan ser precios orientativos, se indicará en la oferta.

Las subidas de precio dentro de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidas si son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias.

Las subidas de precio a partir de tres meses desde la celebración del contrato solo están permitidas si así se pactó y:

  • Son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias; o

  • El consumidor tiene el derecho de rescindir el contrato a partir del día en que la subida de precio tenga efecto.

Todos los precios están sujetos a errores tipográficos o de imprenta. No se acepta responsabilidad por las consecuencias de tales errores. En caso de errores tipográficos o de imprenta, el empresario no está obligado a suministrar el producto al precio erróneo.


Artículo 10 – Conformidad y garantía

El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones incluidas en la oferta, con los requisitos razonables de calidad y/o utilidad y con las disposiciones legales y/o reglamentarias vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si se ha acordado, el empresario también garantiza que el producto es apto para usos distintos del uso normal.

Una garantía otorgada por el empresario, fabricante o importador no afecta los derechos legales del consumidor ni los recursos que le asisten en virtud del contrato.

Cualquier defecto o entrega incorrecta deberá comunicarse por escrito al empresario dentro de los 30 días siguientes a la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en su embalaje original y en condiciones de nueva.

El plazo de garantía del empresario se corresponde con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no responde en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cualquier uso concreto por parte del consumidor, ni de eventuales consejos dados sobre el uso o la aplicación de los productos.

La garantía no será aplicable si:

  • El consumidor ha reparado o modificado los productos suministrados por sí mismo o los ha hecho reparar o modificar por terceros.

  • Los productos suministrados han sido sometidos a condiciones anormales o han sido tratados de forma negligente o en contradicción con las indicaciones del empresario y/o las instrucciones del embalaje.

  • La falta de conformidad es total o parcialmente consecuencia de requisitos impuestos por autoridades públicas respecto de la naturaleza o calidad de los materiales empleados.


Artículo 11 – Entrega y ejecución

El empresario actuará con la máxima diligencia en la recepción y ejecución de pedidos de productos.

Con sujeción a lo previsto en el artículo 4 de estas condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la máxima celeridad posible, pero, en todo caso, en un plazo no superior a 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo.

Si la entrega sufre un retraso o si un pedido no puede ser cumplido total o parcialmente, el consumidor será informado en todo caso en un plazo máximo de 30 días desde la realización del pedido. En tal caso el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin costes y, si procede, a una compensación por daños y perjuicios.

En caso de rescisión conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará al consumidor la cantidad pagada lo antes posible y, en todo caso, a más tardar en el plazo de 30 días tras la rescisión.

Si la entrega del producto pedido resulta imposible, el empresario hará esfuerzos razonables para ofrecer un artículo de sustitución. En el momento de la entrega se informará de manera clara y comprensible si se trata de un artículo de sustitución.

Para artículos de sustitución no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de devolución en caso de sustitución correrán a cargo del empresario.

El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae sobre el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y conocido por el empresario, salvo pacto expreso en contrario.


Artículo 12 – Transacciones de larga duración: duración, rescisión y prórroga

Rescisión

El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y que tenga por objeto la entrega periódica de productos o la prestación continuada de servicios (incluida la electricidad), observando las condiciones de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por un plazo determinado y que tenga por objeto la entrega periódica de productos o la prestación continuada de servicios (incluida la electricidad), al término del periodo acordado, observando las condiciones de rescisión pactadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá:

  • rescindir en cualquier momento los contratos mencionados en los párrafos anteriores y no estará limitado a la rescisión en un momento o periodo concreto;

  • rescindir, como mínimo, de la misma forma en que contrajo dichos contratos;

  • rescindir, en todo momento, con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya fijado para sí mismo.

Prórroga

Un contrato celebrado por un plazo determinado y que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios no podrá prorrogarse automáticamente por un nuevo periodo determinado.

No obstante, y con excepción del párrafo anterior, un contrato por un período determinado relativo al suministro regular de diarios, periódicos o revistas podrá prorrogarse automáticamente por un máximo de tres meses si el consumidor puede rescindir la prórroga con un preaviso máximo de un mes antes del final de la prórroga.

Un contrato por un plazo determinado relativo al suministro periódico de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindir en cualquier momento con un preaviso de un máximo de un mes, y con un preaviso de hasta tres meses cuando el contrato tenga por objeto la entrega regular, pero inferior a una vez al mes, de diarios, artículos de prensa y revistas.

Un contrato por un periodo limitado que tenga por objeto el envío para prueba o a modo de introducción de diarios, periódicos y revistas (suscripción de prueba) no se prorrogará automáticamente y finalizará tras el periodo de prueba o de introducción.

Duración

Si un contrato celebrado tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo tras un año en cualquier momento con un plazo de preaviso de hasta un mes, salvo que la equidad y la buena fe se opongan a la rescisión antes del fin del plazo pactado.


Artículo 13 – Pago

Salvo pacto en contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse dentro de los siete días hábiles siguientes al inicio del plazo de reflexión previsto en el artículo 6, apartado 1.

En caso de contratos de prestación de servicios, dicho plazo comenzará tras la recepción por el consumidor de la confirmación del contrato.

El consumidor está obligado a comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.

En caso de impago por parte del consumidor, el empresario podrá, dentro de los límites legales, repercutir los costes razonables preavisados al consumidor.


Artículo 14 – Régimen de reclamaciones

Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse por escrito de forma completa y detallada al empresario dentro de los siete días siguientes a la fecha en que el consumidor haya observado los defectos.

Las reclamaciones presentadas al empresario se contestarán dentro de un plazo de 14 días contados desde la fecha de recepción.

Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperarse una respuesta más detallada.

Si la reclamación no puede resolverse mediante acuerdo mutuo, se iniciará un conflicto susceptible de los mecanismos de resolución de disputas.

La presentación de una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que el empresario indique lo contrario por escrito.

Si una reclamación se considera fundada por el empresario, este procederá, a su elección, a la reposición o reparación gratuita de los productos entregados.


Artículo 15 – Controversias

Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se regirán exclusivamente por la ley neerlandesa.

Esto es aplicable también cuando el consumidor tiene su domicilio en el extranjero.